Ley del ejercicio profesional del psicologo

PROTOCOLO DE ACUERDO MARCO SOBRE ASPECTOS LEGALES DEL EJERCICIO PROFESIONAL DE LOS PSICOLOGOS EN EL MERCOSUR

En la ciudad de Montevideo, a los cuatro días del mes de abril de mil novescientos noventa y siete, se reúnen los Presidentes de las instituciones representativas de los psicólogos de los países miembros del MERCOSUR, a saber, Federación de Psicólogos de la República Argentina, Conselho Federal de Psicología de la República Federativa del Brasil, Colegio de Psicólogos de Chile, Sociedad Paraguaya de Psicología y Coordinadora de Psicólogos del Uruguay, Lic Mario Molina, Lic. Ana Mercês Bahia Bock, Psic. Carlos Urrutia Schwartz, Lic. Mercedes Argaña en representación de la Lic. Diana Lesme y Psic. Grisel Añón, respectivamente, para rubricar el presente Protocolo de Acuerdo Marco según las siguientes cláusulas:

PRIMERA: el presente protocolo será de aplicación para los aspectos legales que cada una de las entidades de los países miembros aplique ante la presencia y/o permanencia laboral de un profesional psicólogo, oriundo de otro país miembro.

SEGUNDA: la Federación de Psicólogos de la República Argentina, el Conselho Federal de Psicologia del Brasil, el Colegio de Psicólogos de Chile, la Sociedad Paraguaya de Psicología, la Coordinadora de Psicólogos del Uruguay, o las entidades análogas que las reemplacen en el futuro, se constituyen en órganos de aplicación del presente protocolo.

TERCERA: a los efectos del presente Protocolo, se entenderá:

a) por aspectos legales, los derivados del cumplimiento de las normativas impositivas, fiscales, previsionales, de habilitación académica, de leyes de colegiación y de habilitación profesional existente en cada uno de los países miembros, para los profesionales psicólogos.

b) por presencia y/o permanencia laboral, a la prestación de servicios profesionales que impliquen un reconocimiento como tal, en cualquier ámbito o área de la psicología, con o sin percepción de remuneración.

c) por profesional psicólogo, aquel que obtuvo su título de grado cumpliendo los requisitos universitarios propios de cada país, y que posee habilitación profesional en su país de origen otorgada por el Colegio y/o entidad encargada a tal efecto.

CUARTA: Cada una de las entidades representativas de los psicólogos, firmantes de presente Protocolo, establecerán los procedimientos administrativos para extender la habilitación profesional que solicite un profesional psicólogo, a partir de la presentación de la solicitud correspondiente y cuando la misma se considere completa, según las leyes y reglamentación propios de cada país.

QUINTA: Cada una de las entidades firmantes del presente Protocolo informarán, por lo menos anualmente, la modificación y/o existencia de nuevas leyes, reglamentos o normativas que afecten el ejercicio profesional del psicólogo en cada uno de los países miembros. También, cada una de las entidades facilitará la información específica solicitada por las otras entidades de los países miembros.

SEXTA: Las cláusulas precedentes, no impiden a las entidades firmantes adoptar las medidas que estimen necesarias en cumplimiento de las obligaciones existentes en cada país, con aplicación de la Cláusula anterior.

Ley de ejercicio profesional para la psicologia

Lic. Mario Molina
Presidente de la Federación de
Psicologos de la Republica Argentina

Lic. Ana Mercês Bahía Bock
Presidenta del Conselho
Federal de Psicología del Brasil

Psic. Carlos Urrutia Schwartz
Presidente del Colegio
de Psicólogos de Chile

Lic. Mercedes Argaña
Representante de la
Sociedad Paraguaya de Psicología

Psic. Grisel Añón
Secretaria General de la
Coordinadora de Psicólogos del Uruguay


PROTOCOLO DE ACUERDO MARCO DE PRINCIPIOS ETICOS PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL DE LOS PSICÓLOGOS EN EL MERCOSUR Y PAISES ASOCIADOS

En la ciudad de Santiago de Chile, a los siete días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete, se reúnen los Presidentes de las Instituciones Nacionales representativas de los Psicólogos de los países miembros del MERCOSUR y Países Asociados, a saber, Federación de Psicólogos de la República Argentina, Colegio de Psicólogos de Bolivia, Conselho Federal de Psicología del Brasil, Colegio de Psicólogos de Chile, Sociedad Paraguaya de Psicología, y Coordinadora de Psicólogos del Uruguay, Lic. Mario Molina, Lic. René Calderón, Psic. Ana Mercês Bahía Bock, Psic. Carlos Urrutía Schwartz, Lic. José Britos en representación de la Lic. Diana Lesme y Lic. Grisel Añon respectivamente, para rubricar los Principios Eticos Generales para los Psicólogos del MERCOSUR y Países Asociados, que anexos al presente forman parte de este Protocolo, según las siguientes cláusulas :

1- El presente Protocolo de Principios Eticos, deberá regir la normatividad del ejercicio profesional del Psicólogo en cada uno de los países firmantes.

2- La Federación de Psicólogos de la República Argentina, Colegio de Psicólogos de Bolivia, Conselho Federal de Psicología del Brasil, Colegio de Psicólogos de Chile, Sociedad Paraguaya de Psicología y Coordinadora de Psicólogos del Uruguay o las entidades análogas que las reemplacen en el futuro, se constituyen en órganos de aplicación del presente Protocolo y se comprometen a mantener vigentes los Principios Eticos enunciados.

3- El Comité Coordinador de Psicólogos del Mercosur y Países Asociados regulará, respaldará y desarrollará el seguimiento de la aplicación del presente Protocolo.

PRINCIPIOS ETICOS DE LOS PSICÓLOGOS DEL MERCOSUR Y PAISES ASOCIADOS 

A) RESPETO A LOS DERECHOS Y DIGNIDAD DE LA PERSONAS

Los Psicólogos se comprometen a hacer propios los Principios establecidos por la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Asimismo, guardarán el debido respeto a los derechos fundamentales, la dignidad y el valor de todas la personas, y no participarán en prácticas discriminatorias. Respetarán el derecho de los individuos a la privacidad, confidencialidad, autodeterminación, diversidad y autonomía.

B) COMPETENCIA

Los Psicólogos se comprometen a asumir niveles elevados de idoneidad en su trabajo. Asimismo, reconocen las fronteras de sus competencias particulares y las limitaciones de su pericia. Proveerán solamente aquellos servicios y técnicas para las que están habilitados por su formación académica, capacitación y experiencia.

Tendrán en cuenta que las competencias que se requieren en la asistencia, enseñanza y/o estudios de grupos humanos varían con la diversidad de dichos grupos.

Los Psicólogos se mantendrán actualizados en el conocimiento científico y profesional, relacionado con su ejercicio, reconociendo la necesidad de una educación contínua. Asimismo, harán uso apropiado de los recursos científicos, profesionales, técnicos y administrativos.

C) COMPROMISO PROFESIONAL Y CIENTÍFICO

Los psicólogo se comprometen a promover la Psicología en cuanto saber científico.

En su trabajo, asumirán sus responsabilidades profesionales, a través de un constante desarrollo personal, científico, técnico y ético.

D) INTEGRIDAD

Los Psicólogos se comprometen a promover la integridad del quehacer científico,. Académico y de la práctica de la Psicología. Al informar acerca de sus antecedentes profesionales y curriculares, sus servicios, sus honorarios, investigaciones o docencia, no harán declaraciones falsas o engañosas. Se empeñarán en ser sumamente prudentes frente a nociones que degeneren en rotulaciones devaluadoras o discriminantes.

Asimismo, se empeñarán en ser conscientes de sus sistemas de creencias, valores, necesidades y limitaciones y del efecto que esto tiene sobre su trabajo.

En su accionar científico profesional clarificarán a las partes acerca de los roles que están desempeñando y funcionarán según esos mismos roles.

E) RESPONSABILIDAD SOCIAL

Los Psicólogos se comprometen a asumir su responsabilidad profesional y científica hacia la sociedad en que trabajan y viven. Este compromiso es coherente con el ejercicio de sus potencialidades analíticas, creativas, educativas, críticas y transformadoras.

Los Psicólogos ejercen su compromiso social a través del estudio de la realidad y promueven y/o facilitan el desarrollo de leyes y políticas sociales que apunten, desde su especificidad profesional, a crear condiciones que contribuyan al bienestar y desarrollo del individuo y de la comunidad.

Acordados en Santiago de Chile, a 7 días del mes de noviembre de 1997.

COMISION DE ETICA

REPRESENTANTES OFICIALES

Argentina, Lic. Ana María Hermosilla

Bolivia, Lic. René Calderón Jemio

Brasil, Ps. Carmen Rodrígues Paulino

Chile, Ps. Sergio Lucero Conus

Paraguay, Lic. José Britos

Uruguay, Ps. Elizabeth Piñeyro

FIRMANTES

Lic. Mario Molina
Presidente
Federación de Psicólogos
de la República Argentina

Lic. René Calderón
Presidente
Colegio de Psicólogos de Bolivia

Psic. Ana Mercês Bahía Bock
Presidente
Conselho Federal de Psicología
de la Rep. Federativa del Brasil

Psic. Carlos Urrutia
Presidente
Colegio de Psicólogos de Chile

Lic. José Britos
Representante
Sociedad Paraguaya de Psicología

Lic. Grisel Añón
Secretaria General
Coordinadora de Psicólogos del Uruguay


PROTOCOLO DE ACUERDO MARCO DE LOS PRINCIPIOS PARA LA FORMACION DE PSICOLOGOS EN LOS PAISES DEL MERCOSUR Y PAISES ASOCIADOS

En la ciudad de Montevideo a los 4 días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, se reúnen los Presidentes de las Instituciones Nacionales representativas de los Psicólogos de los países miembros del MERCOSUR y Países Asociados, a saber, Federación de Psicólogos de la República Argentina, Colegio de Psicólogos de Bolivia, Conselho Federal de Psicología del Brasil, Colegio de Psicólogos de Chile, Sociedad Paraguaya de Psicología, y Coordinadora de Psicólogos del Uruguay, Lic. Mario J. Molina, Lic. Rene Calderón, Psic. Ana Merces Bahía Bock, Psic. Carlos Urrutía Schwartz, Lic. Diana Lesme y Lic. Grisel Añon respectivamente, para rubricar los Principios Para la Formación de Psicólogos en los países del MERCOSUR y Países Asociados, según las siguientes cláusulas :

PRIMERA: Las entidades firmantes o las entidades análogas que las reemplacen en el futuro, se constituyen en órganos de aplicación del presente Protocolo y se comprometen a mantener vigente al mismo.

SEGUNDA: El Comité Coordinador de Psicólogos del MERCOSUR y Países asociados, respaldará y desarrollará el seguimiento de la aplicación del presente Protocolo.

TERCERA: El presente Protocolo de Principios Para la Formación de Psicólogos, deberá regir los criterios para la formación de grado del psicólogo en los países de la Región.

CUARTA: Las entidades firmantes se comprometen a acordar este Protocolo con las entidades académicas y sus instancias gubernamentales. 

PRINCIPIOS PARA LA FORMACION DE PSICOLOGOS EN LOS PAISES DEL MERCOSUR Y PAISES ASOCIADOS

1. GARANTIZAR UNA FORMACION BÁSICA COMÚN PARA EL RECONOCIMIENTO EN TODOS LOS PAISES DE LA REGIÓN, DE UN PSICÓLOGO.

Deberán incluirse contenidos en :

* Procesos psicológicos cognitivos, motivacionales, de aprendizaje, afectivo-emocionales, percepción, atención, interaccionales, del desarrollo, de personalidad, psicopatológicos.

* Historia, teorías y sistemas psicológicos.

* Formación en investigación psicológica.

* Evaluación y diagnóstico psicológico.

* Epistemología de la psicología.

* Psicologías aplicadas (tradicionales y emergentes)

2. GARANTIZAR EL PLURALISMO TEÓRICO Y METODOLÓGICO EN LA FORMACIÓN CIENTÍFICO PROFESIONAL DEL PSICÓLOGO.

Programar el acceso a ejes temáticos en el curriculum, desde diversos enfoques teóricos y metodológicos.

3. GARANTIZAR EN EL GRADO LA FORMACIÓN GENERALISTA Y SUFICIENTE PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL, RESERVANDO LA ESPECIALIZACIÓN AL POSTGRADO.

Prever una carga horaria mínima de 3.500 horas cronológicas, la ponderación equilibrada entre teoría, práctica e investigación, y la inclusión de un mínimo de 350 horas de práctica institucional supervisada. La formación generalista puede incluir orientación de pregrado.

4. GARANTIZAR LA FORMACION INTERDISCIPLINIAR

Deben incluirse líneas de formación convergentes: filosofía, antropología, sociología, economía, matemáticas, biología, genética, lingüística, estadística, etc. Y asignaturas complementarias : inglés, computación, culturales, etc.

5. GARANTIZAR UNA FORMACIÓN CIENTÍFICA, RECONOCIENDO A LA PSICOLOGÍA COMO UNA CIENCIA QUE PRODUCE LOS CONOCIMIENTOS QUE APLICA.

Incluir una formación metodológica teórica-práctica, atravesando todos los niveles formativos ; deben existir requisitos curriculares de presentación de trabajos escritos (ensayos, comunicaciones científicas, informes, tesis, memorias) y formación en competencias lingüísticas.

6. GARANTIZAR LA INBTEGRACIÓN TEÓRICA- PRÁCTICA EN TODO EL TRANSCURSO DEL DESARROLLO CURRICULAR.

La integración teórica-práctica debe explicitarse en el desarrollo curricular, y debe contar con infraestructura y recursos adecuados (tecnología, laboratorios, gabinetes y otros), debiendo existir una distribución proporcionada de horas teóricas y prácticas con incremento de éstas últimas en los niveles superiores de formación.

7. GARANTIZAR LA FORMACION PARA EL TRABAJO EN EQUIPOS MULTIPROFESIONALES.

Deberá existir formación en competencias inter e intrapersonales, las que deberán estar explicitadas en el diseño curricular ; deberá asimismo promoverse el desarrollo de prácticas inter y transculturales.

8. GARANTIZAR UNA FORMACION COMPROMETIDA CON LA ATENCIÓN A LAS PROBLEMÁTICAS SOCIALES.

Deberán definirse objetivos curriculares que posibiliten la formación y la práctica social de la disciplina en instituciones y contextos socioculturales diversos.

9. PROMOVER LA CONSTRUCCIÓN DE LA IDENTIDAD PROFESIONAL DEL PSICOLOGO

Deberán organizarse actividades que propicien contactos con psicólogos en diversas áreas e instituciones. Deberán desarrollarse competencias de actuación, inserción e intervención, adquiridas en prácticas supervisadas, y deberá implementarse una política de difusión del quehacer profesional, velando por la presencia y el rol del psicólogo en la sociedad.

10. PROMOVER EL COMPROMISO ETICO A LO LARGO DE LA CARRERA, FAVORECIENDO LA FORMACIÓN DE ACTITUDES CRITICAS Y REFLEXIVAS.

Deberán desarrollarse competencias ético-axiológicas-deontológicas en todos los cursos de todos los niveles, y se encaminarán a la defensa de los principios de derecho, integridad y dignidad de las personas. Esta formación se dará en interacción con contextos donde aplicar lo aprendido.

INTEGRANTES DEL GRUPO DE FORMACION 

Argentina: CRISTINA DI DOMENICO

Bolivia: ROCIO PEREDO

Brasil: MARIA DE LOURDES CONTINI – DANIELA SCHNEIDER

CHILE: SONIA SALAS – ADRIANA MASSARDO – CARMEN BONNEFOY

PARAGUAY: ANTIONIA DE MILLOT – YENNY AGUILERA DE ZARZA – CLORI DE GOMEZ

URUGUAY: ALICIA CABEZAS

FIRMANTES

Lic. Mario Molina
Presidente
Federación de Psicólogos
de la República Argentina

Lic. René Calderón
Presidente
Colegio de Psicólogos de Bolivia

Psic. Ana Mercês Bahía Bock
Presidente
Conselho Federal de Psicología
de la Rep. Federativa del Brasil

Psic. Carlos Urrutia
Presidente
Colegio de Psicólogos de Chile

Lic. Diana S. Lesme R.
Presidenta
Sociedad Paraguaya de Psicología

Lic. Grisel Añón
Secretaria General
Coordinadora de Psicólogos del Uruguay

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